• Mientras que la primera iniciativa fue despachada desde la Sala de la Cámara a la Sala del Senado, en lo que es su último trámite legislativo, la segunda fue aprobada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara Alta.

Dos proyectos de ley del Gobierno, cuyos ámbitos son el trabajo y la seguridad social, avanzaron este miércoles en el Congreso Nacional. Se trata, por una parte, de la iniciativa que introduce mejoras al Seguro para el Acompañamiento de Niñas y Niños Afectados por una Condición Grave de Salud (Sanna) y, por otro lado, del proyecto que flexibiliza los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía y que fortalece sus beneficios.

En efecto, la sala de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó, por unanimidad, el informe emitido por la Comisión Mixta conformada para analizar el proyecto de ley que mejora la ley Sanna. De este modo, la instancia despachó la iniciativa a la Sala del Senado, en lo que es su último trámite legislativo para luego ser despachado a ley.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, destacó que “las modificaciones que se introdujeron a la ley, que tiene su origen en el año 2017, dicen relación con fortalecer las prestaciones de la seguridad social que entrega este fondo, aumentando el número de días de permiso de 90 a 180 días, ya que, de acuerdo con la  evidencia, en el caso de los niños con enfermedad de cáncer es más el tiempo que los padres requieren estar en su proceso de acompañamiento”.

Añadió que “en este sentido, vamos avanzando en los permisos que permiten a los padres acompañar a sus hijos ante enfermedades graves, así como también ante hospitalización en Unidad de Cuidados Intensivos o Unidad de Tratamientos Intermedios, a través de un seguro que pertenece a la seguridad social y que se financia con una cotización del empleador, entregando sus prestaciones de manera solidaria para las y los trabajadores adscritos del país”.

En concreto, la iniciativa modifica la Ley 21.063 para permitir ampliar, de 90 a 180 días, el plazo de permiso para las y los trabajadores que son padres de una niña o niño afectado por cáncer, trasplante de órgano sólido o de progenitores hematopoyéticos. Además, se incorpora una quinta contingencia: enfermedad grave de niña o niño de uno a cuatro años que requiera hospitalización en una Unidad de Cuidados Intensivos o de Tratamientos Intermedios (UCI-UTI).

Al mismo tiempo, contempla la creación de un fuero laboral para las y los trabajadores que hagan uso de este seguro. Adicionalmente, reconoce la administración por los organismos administradores de la Ley 16.744 junto con la debida fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social. Además, busca garantizar el acceso igualitario a los días de permiso a las familias monoparentales, reconociendo la totalidad de tiempo que les correspondería cuando participan del cuidado ambos padres y madres.

Seguro de Cesantía

Más tarde, la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó, también de forma unánime y en general y en particular, el proyecto que flexibiliza el acceso al Seguro de Cesantía y fortalece sus beneficios. De esta forma, el mensaje pasará a ser discutido en la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta.

Esta iniciativa, que tuvo su origen en el acuerdo que alcanzó el Gobierno con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) en 2022, en el marco de la negociación por el alza del salario mínimo, fue ingresada al Congreso a inicios de junio de este año. Además, fue revisada por la Comisión de Usuarios del Seguro de Cesantía, donde están representados trabajadores y empleadores a través de la CUT y la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC).

En lo medular, el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo robustece los beneficios que entrega el Seguro de Cesantía. En primer lugar, incrementa la tasa de reemplazo del segundo mes de las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), pasando desde 55% a 60% del respectivo promedio de remuneraciones.

Al mismo tiempo, se plantea la mejora de las tasas de reemplazo con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS):

  1. En el caso de los trabajadores con contrato indefinido y de casa particular, se establece un aumento de tasa de reemplazo del segundo mes de beneficio, pasando de 55% a 60%. También se actualizan los respectivos límites mínimo y máximo.
  2. Para trabajadores con contrato a plazo fijo, se establece un aumento de la tasa de reemplazo del primer mes de beneficio, pasando desde 50% a 60%. Junto a ello, se agrega un cuarto y quinto giro, con una tasa de reemplazo de 30% cada uno, quedando con cinco giros mensuales desde los tres actuales.

Además, se propone flexibilizar los requisitos de acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía:

  1. Se disminuye el requisito del número de cotizaciones registradas en la Cuenta Individual por Cesantía, que permite el acceso a las prestaciones con cargo a dicha cuenta, del siguiente modo:
  • Contrato indefinido o trabajador de casa particular: se rebaja de 12 a 10 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas.
  • Trabajador con contrato a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado: se rebaja de 6 a 5 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas.
  1. Se disminuye el requisito del número de cotizaciones registradas en la Cuenta Individual por Cesantía, que permite el acceso a las prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, del siguiente modo:
  • Trabajador con contrato indefinido o trabajador de casa particular: se rebaja de 12 a 10 cotizaciones. Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • Trabajador con contrato a plazo fijo, o para una obra, trabajo o servicio determinado: se rebaja de 6 a 5 cotizaciones.
  1. Se flexibilizan los requisitos y se otorgan mejoras en las prestaciones en casos en que exista declaración de estado constitucional de catástrofe por calamidad pública, alerta sanitaria o se produzca la declaración de una zona afectada por catástrofe, como ocurre, por ejemplo, con lluvias intensas, sismos u otros eventos que pueden afectar las fuentes de empleo de las y los trabajadores, permitiendo garantizar una mejor y mayor protección en este tipo de casos.

Fuente: Subsecretaría de Previsión Social