Permite a padres y madres trabajadoras, ausentarse de su trabajo para prestar cuidado y acompañamiento a menores afectados por una condición grave de salud. Durante 2020, 123 familias de la región hicieron uso del beneficio.

Autoridades del Trabajo anunciaron la tercera extensión del permiso SANNA producto de la crisis sanitaria que afecta al país, lo que permitirá que el uso del beneficio hasta por 30 días adicionales, con fecha de tope el 30 de junio.

La Ley Sanna permite que padres y madres trabajadoras, o quien tenga el cuidado personal de un menor de edad otorgado por resolución judicial, pueda ausentarse de su trabajo para prestar atención, cuidado y acompañamiento a menores afectados por una condición grave de salud.

La seremi del Trabajo y Previsión Social en la región del Biobío, Sintia Leyton, dijo que “la extensión de este beneficio va a permitir a padres y madres trabajadoras, o cuidadores de un menor de edad, acogerse a un permiso adicional por hasta 30 días más para acompañar a aquellos menores que están pasando por un momento difícil en su salud.

La autoridad regional detalló que “el mayor número de beneficiarios de la Ley Sanna en la región del Biobío han sido los padres de niños pacientes oncológicos, con 123 beneficiarios durante 2020, y más de 161 a la fecha. Durante 2021, 6 familias recibieron este importante apoyo, para enfrentar de mejor manera las circunstancias por las que atraviesan”.

A nivel nacional se han emitido un total de 1.071 licencias por extensión SANNA hasta el día de hoy, 1.009 licencias por la primera extensión y 62 licencias por la segunda extensión, con un desembolso total de $467.979.112, de acuerdo con el registro de la Superintendencia de Seguridad Social.

Esta es la tercera extensión del Seguro SANNA, al prolongarse el estado de alerta sanitaria en nuestro país hasta el 30 de junio de 2021. La primera y segunda extensión se concretaron a partir del 1 de julio y 7 de diciembre de 2020, respectivamente. Es importante señalar que la primera extensión se otorgó por hasta 90 días, mientras que la segunda contempló un máximo de 30.

Fuente: Diario Concepción