La propuesta amplía estos turnos de emergencia a empresas de abastecimiento básico.

Por Pierina Bertoni.

Un paso más dio la reforma laboral en su discusión en la comisión de trabajo de la Cámara de Diputados. Ayer el Gobierno presentó las indicaciones sobre servicios mínimos en caso de huelga, uno de los puntos más polémicos del proyecto.

Tal como lo anunció Pulso, la redacción de esta propuesta fue supervisada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y la especialista Cleopatra Doumbia-Henry.

El nuevo artículo expresa que “la comisión negociadora sindical estará obligada a proveer durante la huelga, el personal destinado a atender los servicios mínimos estrictamente necesarios para proteger los bienes e instalaciones de la empresa y prevenir accidentes, así como garantizar las prestación de servicios de utilidad pública, la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relaciones con la vida, la seguridad o la salud de las personas, y para garantizar la prevención de daños ambientales o sanitarios, sin afectar el derecho en su esencia.

En esta determinación se podrán considerar los requerimientos vinculados con el tamaño, especificidad y características de la empresa, establecimiento o faena. El personal destinado a atender los servicios mínimos se conformará como equipo de emergencia”.

Algunas de las empresas que deberán tener servicios mínimos, según lo expresado por el asesor del Ministerio del Trabajo, Roberto Godoy, son: empresas de electricidad, de agua, telefónicas como los números de emergencia, servicios policiales, bomberos, servicios penitenciarios, sistema de distribución de alimentos en establecimientos de edad escolar y servicios de tráfico aéreo. Ante la pregunta de parlamentarios sobre si el Metro debía tener servicios mínimos, desde el Ministerio explicaron que al ser un servicio de necesidad básica de la población, “deberá tener servicios mínimos al menos durante la hora punta”.