Hace una semana la Corte Suprema definió que los contratos temporales no podían exceder las 30 horas semanales.

Esta definición llega justo antes de la reforma laboral que impulsa el Gobierno, y define el máximo horario de este tipo de trabajos.

«Pero esta definición ya existía», dice Pedro Mangiamarchi, gerente de operaciones de Activos Chile, quien explica que se usa para pagar un proporcional del sueldo mínimo, por lo que afecta, principalmente, a trabajadores de rentas menores.