Ayer fue firmado por senadores, el Ministerio del Trabajo y dirigentes portuarios

En las concesionarias de terminales reaccionaron con cautela y advirtieron los riesgos de que el descanso se extienda más allá de los 30 minutos y sea ejecutado de forma simultánea.

Por Marco Gutiérrez y Mariana Penaforte.
En el marco de la tramitación de la denominada «Ley Corta» portuaria, senadores de la comisión de Trabajo, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y dirigentes sindicales del sector firmaron un protocolo de acuerdo que permite la opción de que la colación de media hora -que considera el proyecto- pueda ser alternada, situación demandada por las empresas portuarias privadas.

El protocolo introduce una indicación que establece que «el descanso deberá otorgarse simultánea o alternadamente a todos los trabajadores, permitiéndoles iniciar el descanso para colación en el período de tiempo comprendido entre las 3,5 y cinco horas de iniciado el turno, resguardando la seguridad de los trabajadores y de las faenas, en el recinto portuario». Añade que los empleadores deberán concordar cualquiera de las modalidades con las organizaciones que representen a los trabajadores.

Hoy la comisión de Trabajo pretende despachar el proyecto de ley a la comisión de Hacienda del Senado para que sea votado en Sala la próxima semana.

Cautela y peligros

Fuentes de empresas concesionarias de puertos reaccionaron con moderado optimismo a este protocolo, pues se deja abierta la opción a que la modalidad «simultánea» o «alternada» sea negociada entre las empresas y los sindicatos. A la vez, añaden, esta indicación debe ser votada por la Sala del Senado.

Previo a conocer el acuerdo, desde este sector indicaron que el rubro agrícola exportador y las empresas de transporte de carga en camiones serían los más afectados con las demoras que generaría el nuevo sistema de colación de los puertos que se contempla en la «Ley Corta». Especialmente, si el descanso se alargaba y se tomaba al mismo tiempo.

Francesco Schiaffino, gerente general de Terminal Pacífico Sur (TPS) -operador privado de Valparaíso ligado al grupo Von Appen-, comentó que según «nuestros cálculos se trabajarán 1,5 horas menos en un turno de 7,5 horas en los puertos por tiempos perdidos desde que se terminan hasta que se retoman las faenas». Añadió que esto sumaría 4,5 horas diarias de menor actividad considerando que son tres los turnos cada día.

Rodrigo Trucco, gerente general de la concesionaria Terminal Puerto Coquimbo (TPC), advirtió que si no se permiten relevos, los productores hortofrutícolas y los camioneros en plena temporada de la fruta en verano tendrán que esperar a ser atendidos y se generará congestión.

En San Antonio se movilizan unos tres mil camiones al día y cualquier retraso genera atochamientos, indicaron fuentes del rubro.

El secretario general de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), Juan Pablo Matte, advirtió que si la atención en los puertos no es ágil, se pone en peligro los alimentos perecibles y que requieren refrigeración.

El secretario general de la Confederación Nacional de Transporte de Carga de Chile, José Egido, indicó que si la atención en los puertos es ineficiente por la colación de los portuarios se afectará la jornada laboral de los conductores y también el gasto en combustible.

Informe advierte que aeropuertos no se ven afectos al impuesto a la carga
Como discriminatorio califica al impuesto a la transferencia de carga en los puertos el informe en derecho encargado por la Cámara Marítima y Portuaria de Chile (Camport) al abogado Miguel Zamora Rendich, experto en derecho tributario y ex coordinador de Políticas Tributarias del Ministerio de Hacienda.

El informe señala que «al consistir el hecho gravado en los servicios mismos de las empresas portuarias, no se entiende por qué no resultan gravados los servicios de empresas concesionarias de aeropuertos que prestan idénticos servicios respecto de la carga transportada mediante el transporte aéreo nacional e internacional». Agrega que «estas discriminaciones en contra de los servicios prestados por las empresas portuarias al no tener fundamentos violan el principio de igualdad establecido por nuestra Constitución en materia tributaria y, asimismo, viola el principio de no discriminación».