En recinto médico escogido por enfermo:

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado en contra de la isapre Masvida, por negarse a otorgar a un afiliado el tratamiento para una enfermedad catastrófica en el establecimiento médico que este escogió. En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada aprobó la acción interpuesta por Robinson López, quien recurrió a la justicia luego que la isapre no le prestara cobertura por la atención de un cáncer de páncreas en la Fundación Arturo López Pérez (FALP), derivándolo a la Clínica Las Lilas, la cual integra la red de atención cerrada de Masvida. Según la corte, la institución actuó en forma arbitraria basada en ventajas económicas. «Se acoge el recurso de protección deducido por don Robinson López, debiendo la isapre Masvida otorgar la cobertura adicional para enfermedades catastróficas», indica el fallo.