Tras el paro del Registro Civil, se ha presentado un proyecto de ley y se ha dejado entrever la intención del Gobierno de legislar al respecto. Expertos admiten la necesidad de regular, más aún teniendo en cuenta el convenio 151 de la OIT.

Por Lucy Aravena L.

Sólo en Rumania y Reino Unido, de un total de 47 países, se establece la plena huelga de funcionarios públicos, según un informe del Instituto Libertad y Desarrollo (LyD) en base a los datos del Amsterdam Institute for Advanced Labour Studies (AIAS).

En tanto, 20 países permiten la huelga con restricciones – categoría dentro de la cual se encuentra Chile-, mientras que en 25 naciones está prohibida. Es más, Reino Unido estaría evaluando introducir modificaciones legales con el fin de establecer limitaciones a este derecho, quedando también en el segundo grupo, según el texto de LyD.

La experiencia internacional no es un dato menor, luego que el paro de 39 días del Registro Civil dejara en evidencia la vulnerabilidad del país en esta materia. Aunque el sector público actualmente no tiene derecho a huelga ni a negociación colectiva, el paro se ha establecido como un mecanismo de hecho utilizado en reiteradas ocasiones, evidenciando la falta de una normativa que regule esta materia.

Ante ello, el vocero de Gobierno, Marcelo Díaz, hace unas semanas señaló que se “están barajando fórmulas para regular la negociación y derecho a huelga en el sector público”. Asimismo, parlamentarios han admitido que Hacienda les ha manifestado la necesidad de abordar este tema con una mirada de largo plazo a través de un proyecto de ley.

Pero el diputado y ex ministro del Trabajo (PS), Osvaldo Andrade, se adelantó al presentar una moción que establece el derecho a huelga de los trabajadores del sector público a excepción de “las personas que trabajen en corporaciones o empresas, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional”.

Convenio 151

Chile ratificó el Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las relaciones de Trabajo en la Administración Pública que señala que “la solución de los conflictos que se planteen con motivo de la determinación de las condiciones de empleo se deberá tratar de lograr por medio de la negociación entre las partes o mediante procedimientos independientes e imparciales, tales como la mediación, la conciliación y el arbitraje, que inspiren la confianza de los interesados”.

El punto es que la legislación laboral nacional aún no se hace cargo de este convenio ya suscrito.

Según el abogado asesor de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Héctor Humeres, parte de la doctrina legal internacional señala que para ejecutar esos convenios en Chile se debería tener una ley. “Eso hay que regularlo y hoy, como no está regulado, los empleados públicos negocian de hecho y hacen paros ilegales. Ese es un tema que tiene que meditarlo el Parlamento y el Gobierno”, señala.

El experto indica que la experiencia internacional es diversa, pues algunos países prácticamente no tienen legislación particular y operan por poder juriprudencial a través de los dictámenes de tribunales, mientras que otros sí lo han regulado por ley.

Con todo, Humeres valora que se promueva la idea de legislar respecto a este tema.

En tanto, el abogado del Programa Legislativo de LyD, Sergio Morales, destaca que ya el Comité de Libertad Sindical de la OIT considera que existen excepciones para el ejercicio del derecho a huelga como en las empresas estratégicas, y reconoce limitaciones respecto de los funcionarios públicos. “Ya a nivel internacional, desde una recomendación de la OIT, hay un reconocimiento de que la huelga tiene ciertas limitaciones”, afirma.

Lo anterior, agrega, bajo la lógica que más del 90% de los servicios que prestan la administración pública son monopólicos. “La mejor forma quizás es establecer mesas de trabajo permanentes entre funcionarios públicos y el Gobierno, también con representantes del Congreso, porque finalmente son ellos quiénes aprueban el Presupuesto”, indica. Aclara eso sí que estas mesas deberían tener una representación de todos los sectores, con actores más técnicos y una institucionalidad como un panel de expertos, que zanjen los conflictos. “Esto se puede hacer por ley, perfectamente. Pero tiene que haber una instancia de resolución de conflictos alternativa a la huelga”, sentencia.