Los administradores de este seguro tiene un componente solidario, el cual se activa cuando las grandes empresas pagan más cotizaciones del seguro de accidentes laborales por el volumen de la masa de trabajadores, contribuyendo así a la cobertura de las prestaciones de aquellas que son de menor tamaño. Actualmente, son tres las instituciones privadas que administran este seguro (mutualidades): Asociación Chilena de Seguridad, Mutual de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajo, y un administrador público, el Instituto de Seguridad Laboral.

A raíz de la fragilidad que ha evidenciado la pandemia del COVID-19 en gran parte de la población y la preocupación natural de mejorar las condiciones de vida de las personas, resulta casi natural entender cómo funcionan las instituciones que forman parte de la seguridad social del país y de qué manera pueden ser perfectibles para cumplir con su rol de ser un instrumento de justicia social en ámbitos como la vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, accidentes laborales, maternidad o pérdida del sostén del núcleo familiar.

Ante ese cuestionamiento, dentro de todas las instituciones que forman parte de la seguridad social, la seguridad y salud en el trabajo tiene elementos que son claves para cualquier discusión que tenga que ver con mejorar las condiciones de vida de las personas; hablamos de dos conceptos que están presente en las mutualidades: universalidad y solidaridad.

Los organismos administradores del seguro de accidentes laborales y enfermedades profesionales pueden ser instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, que hace más de cinco décadas forman parte del sistema de seguridad social, cubriendo las prestaciones asociadas a accidentes o enfermedades laborales bajo un modelo regido por principios como la universalidad, es decir, protege a todos los trabajadores formales (con contrato de trabajo) e independientes que coticen. Además, la cobertura que entregan es igual para todos, independiente de su sueldo, nivel de estudio o lugar de residencia y tampoco depende del tamaño de la empresa o de lo que pague su empleador. De hecho, todos reciben las mismas prestaciones.

Además, tiene un componente solidario en donde las grandes empresas que pagan más cotizaciones del seguro de accidentes laborales por el volumen de la masa de trabajadores, contribuyen a la cobertura de las prestaciones de aquellas que son de menor tamaño como las micro, pequeñas, medianas empresas y los trabajadores independientes, siendo la base que permite que todos los trabajadores puedan recibir la misma cobertura.

Hoy son tres instituciones privadas las que administran este seguro (mutualidades): Asociación Chilena de Seguridad, Mutual de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajo, y un administrador público, el Instituto de Seguridad Laboral.

Para hacer valer tus derechos en esta área es importante que conozcas los siguientes puntos que dan cuenta de cómo los principios de universalidad y solidaridad constituyen pilares fundamentales para las prestaciones que otorgan las mutualidades:

  • El 100% de la cobertura de tu accidente o enfermedad laboral está a cargo de la mutualidad que tu empresa esté adherida, como el pago de licencias médicas desde el primer día, tratamiento, medicamentos y rehabilitación, sin exclusiones de ningún tipo ni límite de gastos. Como trabajador o trabajadora no debes realizar copago alguno, y se otorgarán todas las prestaciones de salud hasta tu total recuperación o alta médica.
  • Esta cobertura califica para todos los accidentes en el trabajo, accidentes de trayecto hacia y desde tu espacio laboral y enfermedades profesionales, incluyendo también el teletrabajo. El empleador tiene el deber de reportar los accidentes laborales, pero en caso de no hacerlo, el propio trabajador afectado también puede informar directamente en su mutualidad.
  • El seguro de accidentes laborales y enfermedades laborales es 100% financiado por los empleadores (lo que se conoce como aporte patronal). No importa la labor que desempeñes, sea manual o intelectual, ni tampoco el tamaño de la empresa, ni si pertenece al sector público o privado, la cobertura siempre será igual para todos los afiliados, sin importar su remuneración. Trabajadores de casa particular y colaboradores temporales también tienen cobertura mientras tengan un contrato. Si eres independiente puedes afiliarte realizando cotizaciones voluntarias.

En el actual escenario que vivimos como país, conocer que existe un esquema de protección de derechos básicos para las personas, es sin duda una forma de entender que todos pueden acceder una mejor calidad de vida, por eso es importante que exijas tus derechos y para eso, entender cómo funciona el sistema, es la mejor herramienta.

Exige tus derechos y conoce a qué mutualidad perteneces pinchando acá.

Fuente: El Desconcierto