La nueva normativa considera una «infracción gravísima» utilizar dispositivos electrónicos al conducir, por lo que se arriesgan multas de entre 1,5 y 3 UTM. Además, se puede llegar a la suspensión de la licencia por un plazo de entre 5 y 45 días.

El martes 12 de octubre se publicó en el Diario Oficial la denominada Ley No Chat, que considera como una “infracción gravísima” la utilización de dispositivos electrónicos cuando se está frente al volante.

En específico, esta modificación a la Ley de Tránsito busca aumentar las multas por “conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento”.

A partir de este 12 de octubre, quienes infrinjan esta norma deberán pagar entre 1,5 y 3 UTM (entre 79.263 y 158.526 pesos aproximadamente). Esto significa el doble de lo que antiguamente estipulaba la Ley 18.290.

Además, las sanciones pueden llegar a la suspensión de la licencia por un plazo de 5 a 45 días. Esto puede aumentar de 45 a 90 días en caso de reincidencia, es decir, dos infracciones gravísimas dentro de los últimos 12 meses.

Cabe señalar que la ley entiende por “conducción” cuando el vehículo está con su motor encendido. Por ello, también se considera que la persona está conduciendo cuando se encuentra detenida frente a un semáforo en rojo.

La ONG No Chat realizó un estudio en colaboración con la Mutual de Seguridad. Este arrojó que “el envío y lectura de mensajes a través de WhatsApp y otras aplicaciones de uso cotidiano es el elemento más riesgoso a la hora de conducir un vehículo”.

La entidad precisó que esto puede llegar a elevar “27 veces la conducción distraída y en tres veces tanto la posibilidad de un atropello como de colisión”.

Fuente: Biobiochile.cl