Esas entidades gestionan el seguro de accidentes del trabajo y patologías profesionales.

Por Claudio Reyes Rojas.

En la década de 1980 el gobierno militar modificó la ley 16.744. Con ese cambio al cuerpo legal -que, promulgado en 1968, estableció el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales- se traspasó, desde la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) a las mutuales de empleadores, la facultad de declaración, evaluación, reevaluación y revisión de las incapacidades permanentes derivadas de siniestros laborales.

A eso se añade el papel que tienen de -sin ánimo de lucro, como consigna el decreto 285 del Ministerio del Trabajo, fechado en 1969- administrar el seguro creado por la ley 16.744 y que, al cierre de 2014, daba protección a cerca de 5,5 millones de trabajadores. Es decir, de acuerdo a un debate que lleva años, esas instituciones tendrían el doble rol de juez y parte al calificar a un siniestrado y, al mismo tiempo, controlar el costo del seguro.

El escenario podría cambiar. Aún no hay certezas ni definiciones, pero una opción que se maneja sería la separación de esos roles y entregar la labor de juez a un órgano autónomo y de carácter técnico, según señaló a La Tercera Claudio Reyes Barrientes, titular de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso): “Lo que parecería razonable, y otros países lo han abordado así y concretamente lo acabamos de ver en Argentina, es que la calificación la haga un ente independiente, neutro”.

La alternativa podría ser planteada entre la serie de indicaciones que se introducirán al proyecto que enmienda la ley en cuestión, y que el Ejecutivo ingresará, en principio, a fines de este año. Esas observaciones obedecerán, a su vez, a la nueva Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que la Presidenta Michelle Bachelet dará a conocer en agosto.

“Esa política, que está en el programa de gobierno, ha estado siendo construida a lo largo del año pasado y a principios de éste, mediante 32 diálogos regionales que se hicieron con una cantidad importante de actores, tanto del mundo sindical como empresarial y organizaciones”, dijo Reyes. Agregó: “Ese documento de diagnóstico ya está elaborado y hoy está en manos de una comisión de seguridad y salud en el trabajo (…), que debe proponer a la Presidenta un documento y que, de ser sancionado, se transformaría en la base de todas las modificaciones que se vayan a hacer en esta legislación y que incluiría este tema de ser juez y parte”.

Con todo, las personas disconformes con una determinación de las mutuales -Asociación Chilena de Seguridad (Achs), la Mutual de Seguridad y el Instituto de Seguridad del Trabajador (IST)- tienen en la actualidad la posibilidad de apelar a la Compin y, en segunda instancia, a la propia Suseso. Como sea, si la idea de separar aguas se concreta apuntaría a resolver la eventual duplicidad de roles en el primer nivel; o sea, en la evaluación que efectúan las mutuales.

“No lo comparto”

En la Asociación de Mutuales descartan ser juez y parte. “He escuchado ese juicio, pero no lo comparto”, explicó Ernesto Evans, presidente del gremio. “Ser juez y parte es como si las mutuales tuviesen un conflicto de interés y no lo tienen”, añadió, argumentando que la calificación de accidentes y enfermedades laborales la realizan médicos profesionales y especialistas. “Es liviano decir que (las mutuales) son juez y parte”, declaró.

“Es un tema que hay que revisar con más detalle, porque no está claro que esto sea lo más eficaz. Lo que sí puede ocurrir en esta modificación a la ley de accidentes del trabajo es que, en definitiva, se tienda a generar protocolos más estables para efectos de la calificación y, por lo tanto, con independencia de quien sea el organismo que lo haga, que exista una cierta uniformidad de criterio”, complementó Evans.

En esa línea, y paralelamente, se están desarrollando mesas de trabajo, en las que participan el Ministerio de Salud, la CUT, las mutuales y entidades académicas, para elaborar protocolos con lineamientos comunes de evaluación.