Por Paola Cabezas.
Comenzó marzo, se retoman reuniones y discusiones sobre la reforma laboral que se nos viene este 2015. Olvidémonos un poco de las farmacias, Caval y Penta, para dar atención a lo que llamo el lado B de la reforma laboral. Tres proyectos de ley, tramitados en forma separada sobre Polifuncionalidad, Límite a la subcontratación, y límite al contrato por obra o faena.
En enero ya escribí sobre el detalle de esta reforma, en su aspecto sindical, y ahora les quiero contar de estos 3 proyectos y sus efectos en las Pymes.
El primer proyecto es sobre Polifuncionalidad.
Polifuncionalidad, es poder hacer varias cosas, como en el futbol, sin ser experta en el tema, entiendo que un jugador es valorado cuando es polifuncional. El proyecto de ley, en segundo trámite legislativo, patrocinado por Osvaldo Andrade, pretende que el trabajador solo pueda ejercer las funciones que su contrato diga, nada más; por otra parte, respecto del trabajador que sea contratado para varias funciones, que estás sean de la naturaleza del servicio que ya presta. Visto por encima, el proyecto está bien, pero si analizamos el detalle y el caso a caso, veremos los problemas.
El problema nuevamente es para las Pymes, las rigidiza, otra vez. El Código del Trabajo ya exige que se especifique en el contrato la naturaleza de los servicios, entonces, ¿de qué sirve este proyecto? Tendré que contratar a alguien que ordene los escritorios y alguien que sirva el café, porque el junior, el clásico junior, ya no podrá hacerlo, en su naturaleza está “tramitar”, no servir café; una secretaria tampoco podrá ir a comprar un almuerzo, etc. ¿A quién mando a cargar el tóner de las impresoras? ¿Esa gestión es de la naturaleza de la secretaria o del junior? Parecen ejemplos ridículos, pero esa es la realidad de la Pyme, y esas preguntas deberán resolver los tribunales, sí, los tribunales. ¿Estamos fomentando la ley del mínimo esfuerzo?
Último ejemplo, tengo una radio, me fallaron los locutores, y por fin se da la oportunidad para que un periodista nuevo salga al aire; no podrá. Él es periodista, no locutor ni conductor, le limitamos su movilidad dentro de la empresa. Recordemos que hay pequeñas empresas donde 2 trabajadores hacen de todo, es una realidad, y así se funciona y bien. Usted, Sr. Pyme, contrate más gente, saque dinero de alguna parte y hágalo.
El proyecto que limita la Subcontratación, patrocinado por Osvaldo Andrade, limitaría la posibilidad de externalizar funciones propias o inherentes del giro de la empresa. El objetivo es que las empresas asuman patrimonialmente la responsabilidad de los trabajadores que laboran para ellas. Incorporaría multas de hasta 10.000 UTM. ¡Nuevamente las Pymes! ¿Quién define “inherente”, la Inspección del Trabajo, la Ley? ¿Y quién lo define bien, además? ¿Qué es inherente en una empresa de 8 personas? Aseo se necesita hacer en toda empresa, eso es ¿inherente? Porque, además, con el proyecto de Polifuncionalidad, no le puedo exigir a un trabajador que limpie su puesto de trabajo…
Toda empresa necesita contabilidad, ¿tendré que contratar un contador? ¿No puedo externalizarlo más, como ocurre en casi todas las pequeñas empresas? Sr. Pyme, ¿usted presta servicios? Pues vaya viendo alternativas de trabajo, porque, con esto, las grandes empresas internalizarán el servicio que hoy usted presta.
Proyecto de limitación al Contrato por obra o faena. Idea de los honorables Pedro Browne y Nicolás Monckeberg, señala que el trabajador que preste servicios continuos a un mismo empleador durante 240 días o más en un periodo de 12 meses, será un trabajador con contrato indefinido. Por qué no prohíben mejor el contrato por obra o faena, sería lo mismo.
Lo que se logrará es que las constructoras, primero, le cierren las puertas a un trabajador (por bueno que sea) en una nueva obra si ya trabajó en otra más de 240 días; segundo, que se contrate indefinidamente a muy pocos, para trabajar en muchas funciones, ocasionando cesantía; el tercer efecto es que pondrá en una posición muy difícil a pequeños subcontratos; me paso de los 240 días, llego a 300 días, se termina la obra y, como empleador, ¿qué hago con los trabajadores? Problema suyo, Sr. Pyme. Esta modificación es no entender que la flexibilidad del contrato por obra o faena es necesaria, que funciona bien, se acomoda a cómo funciona el mercado de la construcción. ¿Los abusos, dice usted?, pues bien, la Corte Suprema ha sido clara en señalar que empleadores que escondan relaciones de trabajo indefinidas con contratos por obra o faena, serán sancionados por la ley, estas sanciones ya existen.
El mundo grita flexibilidad, y nosotros lo rigidizamos todo.