Según cálculos del ex director del Servicio de Impuestos Internos entre 2006 y 2010, Ricardo Escobar:

En seminario de la UC, el abogado planteó sus reparos a la eliminación de este sistema que incentiva la inversión y advirtió de inconstitucionalidad en la figura de renta atribuida.

Por LINA CASTAÑEDA.

Terminando con solo uno de los seis vacíos legales ( loopholes ) más conocidos del Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) -por los cuales se evita la tributación de la renta-, se abriría un espacio de recaudación para el fisco de entre US$ 4 mil millones y US$ 5 mil millones, según los cálculos de Ricardo Escobar, quien se desempeñó como director del Servicio de Impuestos Internos (SII) durante el primer período del gobierno de Michelle Bachelet.

En un seminario organizado por el Centro Latinoamericano de Políticas Económicas y Sociales de la Universidad Católica (Clapes-UC), Escobar señaló que se necesita una reforma tributaria si el país quiere producir mejores servicios, como la educación.

También se requiere reformar el sistema, no para eliminar el FUT, observó, sino para atacar estos vacíos legales que quedaron en su diseño, o para terminar con normas excesivamente generosas, lo cual permitiría ampliar la base de cálculo de los impuestos.

Uno de los vacíos legales consiste en que, en el caso de que una empresa registre actualmente pérdidas, puede pedir en forma intertemporal la devolución de impuestos pagados antes, cuando esa empresa u otra generó utilidades. Este esquema, conocido como carry back, se utiliza en Estados Unidos y dura tres años, pero en Chile se puede pedir, sin límites de tiempo, la devolución del impuesto de Primera Categoría.

Según datos del SII, agregó, hay unos US$ 26 mil millones en pérdidas registradas en distintas firmas y con una tasa corporativa del 20% se abriría un espacio de tributación de entre US$ 4 mil millones y US$ 5 mil millones, acotó el ex SII.

El sistema vigente permite que en empresas distintas de las sociedades anónimas, cuando existen utilidades financieras que exceden las utilidades tributarias, se pueden hacer repartos de estas utilidades, sin que los dueños finales tengan que pagar hasta que, en algún momento, se revierta la situación y las utilidades se den por distribuidas.

Escobar señala que ahí hay otro vacío legal pues la experiencia es que cuando existen utilidades financieras, ellas se retiran y, después, por distintos mecanismos, se evita que en esa sociedad ocurra la renta tributable, con lo cual sale el dinero sin haber pagado impuestos y esos son los llamados «retiros en exceso».

Otras forma de loopholes , detalló Escobar, se produce por la vía de fusionar empresas que tienen utilidades con otras que tienen pérdidas, para así pedir la devolución del impuesto de Primera Categoría. Por otro lado, hay empresas que siguen registrando como activos dineros que ya salieron y no van a volver, como el caso de compañías extranjeras que en vez de pagar dividendos, hacen «inversiones en el exterior», que luego se destinan a los flujos de uso corporativo fuera de Chile, sin que haya retorno en un tiempo razonable y sin planes de negocios.

Además, indicó que hay personas que sacan el dinero dentro o fuera de Chile y lo llevan a otro «cascarón», desde el cual lo vuelven a tomar, evitando las normas de control, las cuales están limitadas a la empresa que generó la utilidad. «Queda una especie de FUT vacío dentro de la empresa», dijo el experto.

Escobar dejó en claro que no son temas fáciles de resolver, pues el gobierno de Sebastián Piñera lo intentó y finalmente lo retiró del proyecto hace dos años. Lo mismo le ocurrió al ex ministro de Hacienda Andrés Velasco, cuando una propuesta similar fue bloqueada por la UDI, aseguró.

Entre sus reparos, Escobar enfatizó que ve «un rasgo fuerte de inconstitucionalidad», ya que con la figura de renta atribuida, a la persona natural residente en Chile o al inversionista extranjero se les estará haciendo tributar por algo que no les pertenece, lo cual vulnera el artículo 19 número 20 de la Constitución.

La renta está definida como un aumento de patrimonio y, explicó, no hay incremento de patrimonio para el accionista cuando la sociedad respectiva es la que obtiene la utilidad, sino que ocurre cuando el accionista recibe el reparto de dividendos.

«La renta está definida como un aumento de patrimonio y no hay incremento de patrimonio para el accionista cuando la sociedad respectiva es la que obtiene la utilidad».

RICARDO ESCOBAR,
EX DIRECTOR DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, EXPLICA SU CUESTIONAMIENTO A LA LEGALIDAD DE LA UTILIDAD ATRIBUIDA.

Larraín reitera efecto en inversión
El ex Presidente Sebastián Piñera concurrió al seminario de CLAPES-UC sin realizar comentarios posteriores.

En el encuentro -al que estaba convocado como expositor el ex consejero del Banco Central Manuel Marfán, quien se excuso de participar-, el ex ministro de Hacienda Felipe Larraín reiteró que la reforma tributaria ya está afectando la inversión.

Comentó que cuando las autoridades lo citan en contrario, tienen una lectura equivocada de las conclusiones de su trabajo. Esto, en relación con que el ministro de Hacienda, Alberto Arenas, argumentó este lunes ante el Senado el bajo efecto de la reforma en el crecimiento, refiriendo un estudio de Larraín y Rodrigo Cerda.

«Todo dice claramente que esta reforma tiene un efecto negativo y significativo en la inversión. Si esto no se lee así, yo quiero ofrecer mis anteojos para que las autoridades de Hacienda puedan leer nuestros estudios», comentó la ex autoridad fiscal.