Nuestro país aparece en la medianía de la clasificación a nivel mundial.

Este lunes, la Confederación Internacional de Sindicados (CSI) dio a conocer un informe sobre la calidad de los derechos laborales en el mundo y a nivel sudamericano Uruguay se ubica en las mejores posiciones, según informó la agencia EFE.

Presentado en el congreso mundial de la CSI, que se celebra esta semana Berlín, la nación charrúa está dentro del grupo 1 de la clasificación, que agrupa a los países en los que «los trabajadores pueden sindicarse libremente y defender sus derechos de manera colectiva frente al gobierno y las empresas» y comparte esta categoría con Noruega, Dinamarca, Alemania, Finlandia y Suecia, entre otros.

Más atrás se ubicaron países como España, Bosnia Herzegovina, Angola, Japón, Hungría y la República Dominicana en el grupo 2, donde se considera que la situación es ligeramente menos buena que en el grupo anterior.

En tanto, en el grupo 3 aparece Chile, junto a Bolivia, Brasil, Ecuador y Venezuela, lo que significa que en estos países se observan algunos vacíos de legislación en el ámbito laboral.

Más abajo en el grupo 4 y donde la situación laboral empeora es en Argentina, El Salvador, México, Panamá y Perú entre otros, donde los trabajadores han denunciado violaciones sistemáticas de sus derechos y en los que, por la actitud actual de gobiernos y empresas, se consideran en peligro los derechos fundamentales.

Y donde la legislación laboral es peor es en el grupo 5 donde se encuentran países como Colombia, Guatemala, Camboya, Bangladesh, Estados Unidos y Haití, entre otros. En dichas naciones, aunque existan una serie de derechos, los trabajadores carecen efectivamente de acceso a ellos y están por tanto expuestos a unos regímenes autocráticos y a unas prácticas laborales injustas.

El estudio se basa en los informes sobre violaciones de los derechos laborales realizados entre abril de 2013 y marzo de 2014 en 139 países, tomando en cuenta 97 indicadores y con especial atención al derecho a la libertad sindical, el derecho a la negociación colectiva y el derecho de huelga.