Según una estimación de Banchile, el IPC podría subir para el año de 2,9% hasta un máximo de 3,2%, siempre y cuando la discusión no se alargue hasta el cuarto trimestre de 2014. Agentes también prevén impacto en mercado de capitales por cambios de la reforma tributaria.
Por J.P. Palacios.
En el anuncio del proyecto de la reforma tributaria del Ejecutivo se plantearon cambios en impuestos «correctivos» a algunos productos que afectan a la salud pública y el medio ambiente, como ocurre en el caso de las bebidas alcohólicas y las que no tienen alcohol, pero que son azucaradas.
De acuerdo al texto de la iniciativa, las bebidas azucaradas pasarán de pagar un impuesto del 13% a 18%. La cerveza de 15% a un 20,5%, el vino de un 15% a un 24%, el pisco de un 27% a un 35,5% y el whisky de un 27% a un 38%. El alza impositiva de otras bebidas alcohólicas fue calculada con la regla descrita por el Ministerio de Hacienda de “un piso ad valorem de 18% + 0,5% por cada grado alcohólico”. A lo anterior se incorpora una carga de 3 UTM por hectolitro de alcohol puro.
Al respecto, Banchile Inversiones realizó algunos supuestos sobre los precios actuales de cada uno de los productos de la canasta del IPC que se verían afectados. Con esto, la entidad financiera estima que la incidencia positiva final sobre el IPC alcanzaría hasta los 0,3 puntos porcentuales.
“Lo anterior depende de las elasticidades asociadas al mercado, ya que este impuesto lo terminarían pagando tanto los consumidores como los productores. De esta manera, si se aprueban estos gravámenes de manera íntegra en el Congreso, nuestra estimación de inflación podría subir para el año de 2,9% hasta un máximo de 3,2%, siempre y cuando la discusión no se alargue hasta el cuarto trimestre de 2014”, dice el análisis de Banchile.
De todos modos, la entidad precisa que al ser un incremento de una sola vez causado por un evento no recurrente, “este impacto en precios no tendría efectos sobre nuestra visión de tasas”.
En el Informe de Política Monetaria presentado el lunes el Banco Central proyectó que el IPC se situará a diciembre de este año en 3%.
MERCADO DE CAPITALES
En el proyecto de reforma tributaria se introduce una serie de perfeccionamientos en el ámbito de las ganancias de capital.
En primer lugar, se establece que toda ganancia de capital debe quedar gravada con el impuesto a la renta, salvo el ingreso no renta a las ganancias de capital de acciones, cuotas de fondos con presencia bursátil y bonos que especifica la ley.
En el caso de las acciones y derechos sociales, se reconoce como parte del costo del activo las utilidades retenidas en la empresa entre la fecha de adquisición y la fecha de venta de los títulos, lo cual es consistente con el nuevo esquema de tributación en base devengada.
Por añadidura, se modifica la actual forma de tributación de las ganancias de capital, que distingue entre ganancias habituales y no habituales, tratando a las primeras como renta ordinaria y aplicando a las segundas un impuesto único igual a la tasa de primera categoría. En vez de ello, el proyecto establece un tratamiento diferenciado en función del plazo en que se mantiene la propiedad del activo. Si ese plazo es inferior o igual a un año, las ganancias de capital tributarán como renta ordinaria. Si el plazo es superior a un año, se aplicará sobre la ganancia de capital la tasa marginal promedio que resulte de incorporar la ganancia anualizada a la base imponible del impuesto global complementario de los años anteriores, con tope de 6 años. Con esto se busca otorgar un tratamiento más equitativo, a la vez que minimizar el denominado efecto lock-in, que induce a las personas a mantener el activo por más tiempo del razonable, para evitar la tributación al momento de la venta.
La reforma, asimismo, presenta una serie de modificaciones para ajustar la tributación de los vehículos de inversión (fondos mutuos y fondos de inversión públicos) al sistema sobre base devengada.
De acuerdo al mensaje de Michelle Bachelet, las modificaciones buscan establecer total transparencia en el traspaso de los flujos de utilidad a los tenedores de cuotas de los vehículos de inversión. Esto es, que las utilidades devengadas de los instrumentos subyacentes (acciones, instrumentos de renta fija, entre otros) pasen en forma directa a los tenedores de cuotas. Para esto, se emula el funcionamiento del traspaso de flujos (dividendos e intereses) a los tenedores de cuotas que actualmente rige para los fondos mutuos.
En el mercado califican como un cambio de paradigma, no sólo para el sistema tributario, sino también para el financiero los ajustes anunciados en la reforma tributaria. Prevén que su impacto será no menor en el mercado de capitales chileno.