Comercio deberá bajar las cortinas no más allá de las 20:00 horas y los días 25 de diciembre y 1 de enero no pueden abrir. Ojo que hay excepciones.

Desde el Outlet Buenaventura (que cierra este martes 24 a las 17:30 horas), el ministro del Trabajo y Previsión Social, Juan Carlos Jobet, informó de la norma que protege a los trabajadores del comercio y que regula los horarios de cierre de este tipo de locales.

El secretario de Estado recordó que el día 24 de diciembre, víspera del feriado irrenunciable de Navidad, el comercio deberá estar cerrado a las 20 horas, agregando que el llamado es a cumplir la norma y que los trabajadores hagan cumplir sus derechos y «en caso contrario, que denuncien a la Dirección del Trabajo», señaló.

No respetar el horario de cierre, significa recibir una infracción gravísima y contempla multas por cada trabajador de:

■5 UTM ($203.860) si la empresa tiene 1 y 49 empleados
■10 UTM ($407.720) si tiene entre 50 y 199
■20 UTM ($815.440) si tene 200 o más trabajadores.

Jobet destacó además que el día 25 de diciembre el comercio deberá permanecer cerrado cumpliendo con el feriado obligatorio e irrenunciable que favorece a los trabajadores del sector. Dentro de los locales que deben bajar sus cortinas, quedan exceptuados aquellos atendidos por sus propios dueños.

No respetar este feriado obligatorio e irrenunciable es una infracción gravísima y contemplan las mismas multas mencionadas anteriormente.

Eso si, quedan exceptuado de esta norma los trabajadores que laboran en clubes o restaurantes, establecimientos de entretenimiento tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados, como también aquellos que laboren en expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de aquellas que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria; además de aquellas señaladas «tiendas de conveniencia», que son en las que coexiste la elaboración de alimentos como hot dog, café, y venta de bebidas y sandwichs preparados, que son consumidos por el cliente en el propio local.

Por su parte, la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, recalcó que este es un feriado obligatorio e irrenunciable que no puede ser vulnerado bajo ningún aspecto, ni siquiera a cambio del pago de horas extras ni al otorgamiento de feriados compensatorios.

Para hacer denuncias se habilitará un banner en www.direcciondeltrabajo.cl, además del call center 600 450 4000. «Desde los primeros días de diciembre se han realizado 640 fiscalizaciones y vamos a seguir con fiscalizaciones en todas las regiones, así que el llamado a los empleadores es a cumplir la norma y a los trabajadores que denuncien sin ningún temor», dijo el ministro Jobet.