El caso de Evelyn Rodríguez

En la mutual que lo atendió insisten en que había una patología previa. Además, la Compin rechaza sus licencias.
Óscar Rodríguez, padre de Evelyn Rodríguez, sufrió un accidente laboral con consecuencia de rotura de menisco y rótula en noviembre de 2012. Su hija contó a Línea Directa que el trabajador está desesperado porque le han rechazado varias licencias médicas y en la mutualidad donde se atendió dicen que la causa de sus padecimientos es una lesión anterior.
Por eso lo derivaron a su sistema de salud. En marzo pasado le sacaron radiografías en el consultorio y le dieron licencia cada 15 días. «Mi padre tiene 64 años y está con su salud deteriorada. Apelamos varios documentos a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y nos dieron 90 días hábiles para la respuesta. Mientras tanto, él sigue endeudado», afirma la lectora.
Enviamos este caso a la Suseso y nos informaron que el diagnóstico del paciente es «rotura de menisco interno de rodilla izquierda», lo que motivó dos licencias médicas por 30 días, que están rechazadas en la respectiva Compin. Consultaron a la mutualidad que lo atendió y esta les respondió que ingresó a sus servicios asistenciales el 15 de noviembre de 2012, por un accidente de trabajo que le ocasionó una torsión de rodilla. Esa vez se le indicó reposo, inmovilización, analgesia, hielo y controles.
El 20 de noviembre, la resonancia nuclear magnética aplicada arrojó un moderado derrame articular, rotura de aspecto crónica degenerativa, lesiones quísticas que representan gangliones degenerativos o postraumáticos y otras afecciones que le provocaban dolor.
Cuando se le dio el alta médica de «rotura meniscal degenerativa menisco medial izquierdo» se calificó el cuadro como de origen común y se extendió el reposo por 15 días, con indicación de seguir el tratamiento a través de su sistema de salud, en este caso, Fonasa.
Sin relación
Dicen que estudiaron los antecedentes y concluyeron que la mutualidad le otorgó la atención suficiente, conforme al caso. A su vez se estableció que las lesiones quísticas y la rotura degenerativa son de origen común y no tienen relación con el accidente ocurrido en noviembre del año pasado.
Por ello determinaron que el reposo prescrito de las dos últimas licencias no se encuentra médicamente justificado y confirma la actuación de la respectiva mutualidad del trabajador como ajustada a la Ley 16.744 sobre accidentes laborales.
EL MERCURIO (sección Línea Directa)