• La iniciativa fue despachada en diciembre pasado desde el Congreso Nacional.

El Presidente de la República, Gabriel Boric Font, promulgó este viernes la ley que modifica el Código del Trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, más conocida como Ley Karin, en una ceremonia efectuada en el Palacio de La Moneda y a la que asistió el subsecretario de Previsión Social, Claudio Reyes Barrientos.

En la ocasión, el Mandatario destacó que tanto la Ley Karin como el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para la erradicación de la violencia y el acoso en los espacios laborales, ratificado por Chile el 8 de marzo de 2023, “vienen a cambiar la forma en que se aborda en nuestro país el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, hacia una que esté enfocada en la prevención, en la investigación efectiva y oportuna y en la sanción de estos hechos que sucedan, ya sea en el sector público o en el privado; nadie queda fuera”, dijo, destacando de paso los protocolos de prevención, investigación y sanción que contiene la legislación, además de las medidas de protección y apoyo sicológico en favor de las y los denunciantes.

El Ejecutivo patrocinó el proyecto de ley presentado originalmente por la diputada Érika Olivera e ingresó indicaciones al mismo, ampliando su alcance con diversas medidas para la erradicación del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, tanto en el sector privado como en el público.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, valoró la promulgación de la Ley Karin, que fue despachada desde el Congreso Nacional el 13 de diciembre de 2023, y señaló que “el trabajo no puede ser un lugar de sufrimiento, el trabajo es un lugar donde uno va a crecer y a ganarse el sustento para volver a su casa tranquila a compartir con su familia. Esperemos que esta motivación sea la que inspire la implementación de esta ley para que podamos tener una mejor calidad de vida, que es lo que nos merecemos todas las chilenas y chilenos”.

Por su parte, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonio Orellana, sostuvo que “respecto al acoso sexual, que es una vulneración grave de los derechos laborales y también a los derechos a la dignidad sexual de las personas, esto es un avance muy importante porque, en primer lugar, modifica cosas que, en la ley anterior, que fue un avance en su momento, habían ido mostrando que se necesitaban cambiar. Por ejemplo, el acceso que tienen las víctimas y el denunciante a la información respecto al proceso que se está llevando a cabo. En segundo lugar, normas más claras para todos los intervinientes, no sólo para las denunciantes sino también para los denunciados y, además, para las y los empleadores. Esperamos que eso redunde en una mayor confianza en el proceso de la denuncia”.

 Diputada Olivera y Claudia Salgado

La Ley Karin reconoce a la funcionaria pública de la salud Karin Salgado. La técnico en enfermería de nivel superior (TENS), víctima de acoso en su trabajo, se quitó la vida en 2019.

La diputada Erika Olivera señaló que “esta ley hizo un alto a las discrepancias del mundo político y puso al centro a los trabajadores y trabajadoras de Chile. Gracias por eso, porque es lo que espera nuestra población. Esta ley también logró visibilizar la naturalización de la cultura del abuso en el ambiente laboral y pone énfasis en la prevención del acoso laboral y acompañamiento a las víctimas”.

En tanto, la hermana de Karin, Claudia Salgado, manifestó que “Chile ha hecho historia” con la promulgación de la Ley Karin y con la ratificación del Convenio 190 de la OIT. “Esta ley es de verdad de dignidad y de justicia a todas esas víctimas que partieron, que hoy día nos miran desde la eternidad, pero que confiaron en nosotros. Esperamos haberles cumplido”, añadió.

Contenido

En concordancia con el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el trabajo, la legislación establece, como obligación de las empresas y de los órganos del Estado, un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo, reforzando un enfoque preventivo que estaba ausente en la regulación. Además, instaura mejores procesos de investigación del acoso sexual y se incorporan a la regulación las conductas de acoso laboral y la violencia en el trabajo.

Al mismo tiempo, se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los correspondientes procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las denunciantes.

Además, incluye normas relativas al derecho que les asiste a los trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas referidas a resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.

También establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, ser compatibles con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que implicará la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y erradicar la discriminación de género.

Fuente: Subsecretaría de Previsión Social