La Comisión ad hoc comenzó el estudio de la moción que procura garantizar el respeto del tiempo de descanso, licencias médicas, permisos y vacaciones. De igual modo, avanza en respetar la intimidad personal y familiar de los trabajadores.

¿Llamadas telefónicas fuera del horario laboral, correos electrónicos a media noche, envío de documentos tras finalizar la jornada? Estos son solo algunos de los ejemplos que busca dejar atrás el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo para establecer el derecho a la desconexión laboral.

La moción, que se encuentra en segundo trámite legislativo, comenzó a ser analizada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, instancia que escuchó al exdiputado y uno de los autores de la iniciativa, Cristian Campos y a la presidenta ejecutiva de ChileMujeres, Francisca Jünemann.

AUDIENCIAS

A juicio de Campos, se busca que “tanto empleador y trabajador puedan tener las reglas claras en cuanto al número de horas a trabajar en la semana. (…) El llevar funciones para la casa está siendo muy cuestionado y hoy está más presente que nunca. Aquí hay aspectos de sentido común, pero como no están en el Código Laboral se siguen realizando, tanto en mundo público como privado y provocan estrés laboral, obesidad digital, etc”.

Desde ChileMujeres, si bien celebraron la propuesta, indicaron que se podría incluir, además, a las y los trabajadores que no tengan jornada límite. “Todos tienen este derecho y debería quedar expreso y que sea tanto para el trabajador presencial, como para el trabajador a distancia”.

¿QUÉ SE PROPONE?

Se modifica el Código del Trabajo para que los trabajadores tengan derecho a la desconexión digital, fuera del horario establecido para la jornada de trabajo, con el fin de garantizar el respeto de su tiempo de descanso, licencias médicas, permisos y vacaciones. De igual modo, respetar su intimidad personal y familiar.

¿PARA QUIÉNES SERÁ EXTENSIVO?

Este derecho será extensivo, además, a los trabajadores contratados bajo el régimen de subcontratación con respecto al empleador principal.

Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral.

Los funcionarios públicos y trabajadores a honorarios que se desempeñen con jornada determinada, tendrán derecho a la desconexión digital, fuera de la jornada laboral, con el fin de garantizar el respeto de su tiempo de descanso, licencias médicas, permisos y vacaciones, y de su intimidad personal y familiar.

Este derecho se ejercerá conforme a la naturaleza de las funciones. Cada jefe de servicio deberá, mediante resolución dictada al efecto, determinar su aplicación, así como las eventuales exclusiones.

Cabe hacer presente que se incluye que las infracciones de esta normativa se sancionarán de acuerdo con las normas establecidas en el Código del Trabajo.

¿A QUIÉNES SE EXCEPTÚA?

Se exceptúan de lo dispuesto, los casos imprevistos y urgentes en que se requiera del trabajador, y los casos de los trabajadores que pactaren turnos de emergencia, de llamado o tiempos de espera.

Fuente: Senado