En conversación con CNN Chile, Pedro Pizarro explicó los detalles de la medida que obliga a los empleadores a contratar el documento para sus empleados, tanto presenciales como semipresenciales. «Estamos dando seguridad de que si se llega a contagiar, al menos económicamente, no va a tener un perjuicio por este tema», dijo.

El subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, explicó en conversación con CNN Chile los detalles del nuevo Seguro Obligatorio COVID-19, que obliga a los empleadores a contratar un seguro para los trabajadores tanto presenciales como semipresenciales.

“Todos los empleadores, ya sean personas naturales o jurídicas, tienen que contratar un seguro obligatorio COVID-19 para sus trabajadores que estén en actividad presencial o semipresencial“, explicó la autoridad, añadiendo que hay plazo hasta el 4 de julio para realizar el proceso.

Asimismo, indicó que el seguro cubre dos ámbitos: “Cubre gastos de hospitalización y rehabilitación en caso de que el empleado se contagie de COVID-19 y establece una cobertura de seguros de vida por si producto de la enfermedad el empleado llegase a fallecer”.

Por otro lado, señaló que el seguro tiene una cobertura durante un año corrido y ésta “sigue” al trabajador, es decir, si la relación laboral termina, el empleado sigue cubierto.

“Este seguro busca darle tranquilidad a los trabajadores en un escenario en que estamos volviendo a funcionar y retomando la actividad presencial. Estamos dando seguridad de que si se llega a contagiar, al menos económicamente, no va a tener un perjuicio por este tema”, añadió.

“La obligación de contratar el seguro va a extenderse durante la vigencia de la alerta sanitaria. Si el empleador no cumple con esto, tiene una multa y si un trabajador se contagia, el empleador tiene que cubrir lo mismo que habría sido cobertura del seguro de haber estado contratado”, cerró.

Fuente: CNN Chile