Senadores DC presentaron a los ministros de Hacienda y Trabajo una propuesta para permitir el descuelgue en caso de huelga.

Por Nicolle Peña.

Doce indicaciones a la reforma laboral componen el documento que, la semana pasada, senadores de la Democracia Cristiana (DC) entregaron a los ministros de Hacienda, Rodrigo Valdés, y Trabajo, Ximena Rincón. Se trata del resultado del análisis que durante algo más de dos meses encabezaron el ex ministro del Trabajo de Patricio Aylwin, René Cortázar, el ex subsecretario del ramo Zarko Luksic y el ex director del Trabajo, Marcelo Albornoz.

El documento es uno de los insumos para la redacción de las indicaciones que el gobierno deberá enviar al Senado este lunes, a más tardar. Para comenzar a cerrar las negociaciones, Valdés, Rincón y asesores de ambas carteras tendrán hoy una reunión con los senadores oficialistas de las comisiones de Hacienda y Trabajo.

Tras las críticas desde los sectores más progresistas del oficialismo, en la DC aseguran que las propuestas contenidas en el documento son coherentes con los principios del programa y buscan evitar un impacto negativo en materias que no estarían bien resueltas.

Titularidad sindical

Tal como está, la reforma laboral prohibe a un empleador llevar a cabo una negociación colectiva con grupos de trabajadores si en la empresa existe un sindicato. La propuesta, en cambio, plantea requisitos para mantener esta condición: las organizaciones sindicales solo tendrán titularidad -por ende el derecho exclusivo a negociar- “cuando uno o más sindicatos representen al cincuenta por ciento o más de los trabajadores de la respectiva empresa”. En las empresas donde no se cumpla este principio, el proceso podrá ser llevado adelante tanto por un sindicato como por un grupo de trabajadores unidos con ese fin.

Extensión de beneficios

El documento propone que la extensión de beneficios sea una de las materias a tratar en la negociación colectiva, y no facultad exclusiva del sindicato -bajo cualquier circunstancia- como establece el proyecto actual. Si no existe acuerdo entre empleador y sindicato, dice el texto DC, los beneficios negociados irán solo para los trabajadores afiliados al sindicato cuando estos representen al menos el 30% del total de la empresa.

En cambio, si el contrato celebrado por una o más organizaciones sindicales afectan a más del 50% de los trabajadores, los “beneficios se extenderán automáticamente al resto de los trabajadores de la empresa o establecimiento, siempre que ocupen cargos o funciones similares a quienes sean parte del instrumento colectivo”. Si todo lo anterior no se cumple, señala la propuesta, el empleador podrá extender total o parcialmente los beneficios a todos los trabajadores. En todos los casos los beneficiados deberán pagar el 100% de la cuota.

Reemplazo interno

El planteamiento DC mantiene el principio de prohibición del reemplazo de los trabajadores en huelga. De hecho, dice que la infracción constituye una práctica desleal grave, “habilitando a la inspección del trabajo para requerir el retiro inmediato de los trabajadores reemplazantes de los puestos de trabajo en huelga”.

“Sin embargo, los trabajadores con contrato de trabajo anterior a 30 días de iniciada la negociación colectiva y que no estén involucrados en la huelga, tendrán derecho a seguir laborando en las funciones contratadas si son iguales o similares a la de los dependientes en huelga. El mismo derecho tendrán los trabajadores que voluntariamente hayan pactado con el empleador desempeñar otras funciones alternativas o complementarias a las de su contrato”.

Por ende, la propuesta de indicaciones prohibe el reemplazo de los trabajadores en huelga, pero permite que quienes no adhieran a ella puedan voluntariamente desempeñar sus funciones u otras pactadas.

Descuelgue

El documento promueve el reintegro individual bajo ciertas condiciones. En el día 15 de la huelga, el empleador puede entregar al sindicato una nueva oferta -que deberá incluir un reajuste al 100% de la variación del índice de precios al consumidor- y el sindicato tiene la obligación de votarla dentro de 48 horas. Si ésta es aceptada, termina la huelga. Si es rechazada, los trabajadores pueden reintegrarse de forma individual.

Servicios mínimos

Para la DC, la definición de los servicios cuyo funcionamiento deberá ser garantizado a través de un equipo de emergencia debe realizarse antes de iniciada la negociación colectiva. Además, sugieren que la Dirección del Trabajo debe estar obligada a solicitar un informe técnico al ministerio, servicio o superintendencia respectiva, cuyo pronunciamiento debería ser vinculante. La idea es que la calificación se realice por lo menos durante tres años, y puede ser reclamable ante un o un tribunal.

Interempresa

Parte de la DC pide al Ejecutivo eliminar una de las indicaciones introducidas en la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados por los ex ministros del Trabajo, Javiera Blanco, y de Hacienda, Alberto Arenas. Solicitan mantener la legislación sobre negociación interempresa tal cual está en el Código del Trabajo, es decir, voluntaria. En la DC explican que la indicación aprobada en la Cámara Baja constituye la negociación interempresa como una obligación, al igual que la negociación con trabajadores transitorios o por obra o faena.

Bancos de horas extras

Previo acuerdo de los trabajadores involucrados y si el empleador acredita el cumplimiento de las condiciones de higiene y seguridad, el documento propone que las empresas utilicen bancos de horas extraordinarias laborales a todo evento, anuales, semestrales, trimestrales. Estos no podrían exceder de 288 horas extrarodinarias anuales, o ciento cuarenta y cuatro horas extraordinarias semestrales, o setenta y dos horas extraordinarias trimestrales, para cada trabajador afecto al pacto. Eso sí, precisan que los trabajadores afectos a bancos de horas extraordinarias no podrán laborar más de doce horas en total cada día de trabajo y el tiempo máximo de permanencia en faenas, considerando la jornada ordinaria como extraordinaria y los descansos, será de doce horas.