En marzo de 2008 comenzó la implementación gradual de este sistema, proceso que finalizó el 30 de octubre de 2009

En los últimos cinco años han ingresado más de 200 mil causas, hay procesos que se resuelven antes de los dos meses y el nuevo juicio «express» ha tenido una alta acogida. Sin embargo, expertos piden analizar la opción de un tribunal colegiado o reponer el recurso de apelación.

Por SILVANA CELEDÓN PORZIO.

Justo en momentos en que el Gobierno finalizaba la redacción del proyecto de reforma laboral el cuarto trimestre del año pasado, la última gran modificación al mercado del trabajo experimentada por el país cumplía un hito: el 30 de octubre de 2014, la nueva justicia laboral enteró sus primeros cinco años de puesta en marcha en todas las regiones.

Si bien la implementación de este sistema fue gradual, en 2008 y 2009 levantó muchas dudas en el sector privado, que incluso llevaron a la Presidenta Michelle Bachelet en su primera administración a salir al paso de las críticas y asegurar en distintas actividades públicas que los cambios «no implicaban una amenaza».

Mucha agua ha pasado bajo el puente y en los últimos cinco años en promedio las causas han crecido en torno al 10% anual, llegando los ingresos a un total que supera los 200 mil, de acuerdo a cifras del Poder Judicial.

El balance que realizan en el sector privado tiene de luces y de sombras: si bien todos destacan la celeridad que ha marcado los procesos, han aumentado las voces que piden una revisión de los procesos de apelación y la dotación de jueces. A esto se suma un foco de preocupación que han abierto una serie de fallos emitidos por la Corte Suprema, instancia que el año pasado en cuatro resoluciones mostró un giro radical respecto de su postura previa.

¿Avanzar hacia tribunales colegiados ?

Con la antigua justicia laboral un litigio de un trabajador y su empleador pasaba primero por un juzgado de primera instancia. Luego estaba la opción de recurrir a la Corte de Apelaciones para que esta segunda instancia revisara nuevamente los hechos y el derecho, así como también los aspectos de forma y fondo de la causa. La siguiente etapa se abordaba vía recurso de casación en la Corte Suprema.

Con el nuevo sistema todo cambió. Hoy a los tribunales laborales se les denomina los «juzgados de instancia», pues solo en esta etapa es posible revisar los hechos, y no existe otro tribunal superior que pueda controlar la forma en que el juzgado de instancia estableció los hechos de la causa.

A la Corte de Apelaciones solo es posible recurrir a través de un recurso de nulidad en el cual se pueden abordar exclusivamente materias de derecho como, por ejemplo, que un juzgado laboral no aplicó bien la ley, pero los hechos quedan inamovibles.

A la Suprema, en tanto, se puede llegar por medio de un recurso de unificación de jurisprudencia. Esto es cuando dos sentencias tienen visiones distintas frente a un mismo tema y la Suprema debe dar la palabra final.

Cuando se estudió esta reforma en 2006, varios expertos consultados por el Gobierno de ese entonces conformaron la Comisión de Reforma Procesal Laboral, quienes propusieron que si se eliminaba el recurso de apelación, los juzgados laborales debían ser colegiados y no unipersonales, es decir, integrados por más de un juez, como opera la justicia penal, de modo de dar más equilibrio al sistema. Sin embargo, no prosperó ninguna de las dos recomendaciones y hoy la justicia laboral tiene un juez unipersonal y no existe el recurso de apelación para sentencias definitivas.

Es por eso que han aumentado las voces que plantean la necesidad de revisar este aspecto. En 2010, en la administración de Sebastián Piñera se discutió este tema, pero dado el poco rodaje del sistema no se tomaron decisiones respecto de introducir cambios. Marcelo Soto -socio del estudio de abogados UH&C y quien era subsecretario del Trabajo en 2010- considera central realizar hoy esta evaluación. Coincide el asesor laboral de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Héctor Humeres, quien al igual que Marcelo Soto formó parte de la Comisión de Reforma Procesal Laboral. Advierte que el modelo que prosperó obedeció a un tema de recursos económicos, ya que un tribunal colegiado era más costoso, pero estima necesario revisar este aspecto.

Ambos advierten que si bien es posible llegar a la Corte de Apelaciones con un recurso de nulidad, este último no revisa los hechos del litigio en cuestión, lo que genera que sea bastante restringida la posibilidad que estos reclamos prosperen. Según los datos del Poder Judicial, solo en 2014 se rechazaron 2.750 recursos de nulidad y se acogieron 522.

Las alertas que encendió la Suprema

Si bien llegar a la Suprema es complejo, hoy la posibilidad existe a través del recurso de unificación de jurisprudencia, instrumento que los abogados consultados valoran, pues lo consideran central para enfrentar eventuales diferencias de criterios frente a un mismo tema.

Lo que sí ha encendido las luces de alerta es el giro que ha dado la sala laboral de la Corte Suprema en temas emblemáticos para el mercado del trabajo y que se plasmó en a lo menos cuatro fallos emitidos en 2014.

Una resolución señaló que no se puede reemplazar a los trabajadores en caso de huelga (ni interna ni externamente). Antes, el máximo tribunal consideraba que sí se podía con personal interno.

Un segundo fallo planteó que deben considerarse las asignaciones de movilización y colación como parte de la base de cálculo de la indemnización por años de servicio. Antes, la Suprema decía que no se consideraban.

En un tercer fallo, el máximo tribunal resolvió que la jornada parcial es aquella inferior a 45 horas. Antes decía que la parcial era bajo 30 horas.

El cuarto fallo que ha generado preocupación en el sector privado instruyó aplicar a los trabajadores del sector público el procedimiento de tutela laboral del Código de Trabajo, por lo que si una empleada pública, por ejemplo, acusa de una vulneración de sus derechos, puede demandar al fisco. Antes la Suprema había indicado que el Código Laboral no aplicaba para el ámbito público.

Los abogados consultados ven con preocupación este giro y sostienen que las empresas aún están analizando qué postura tomarán si se ven enfrentados a litigios que aborden estas temáticas.

Litigios pueden tardar menos de dos meses

305 días hábiles duraba un litigio judicial bajo el antiguo sistema y estudios realizados por la Dirección del Trabajo en 2008 advertían que si las causas eran revisadas por juzgados no especializados, los plazos aumentaban a 420 días en el caso de la Región Metropolitana.

Es por eso que uno de los principios centrales de esta reforma fue asegurar la rapidez y celeridad en los procedimientos, y eso se ha logrado: con la nueva justicia hay causas que han demorado 37 días hábiles, lo que implica una baja de hasta 80% en comparación a los 305 días que tardaban antes. Se trata de los procedimientos monitorios, una especie de juicio «express» que considera solo una instancia y que se aplica en controversias cuya cuantía sea igual o inferior a 10 ingresos mínimos mensuales (IMM). Los datos del Poder Judicial muestran que el procedimiento monitorio ha sido el segundo más empleado por los trabajadores: en los últimos cinco años han ingresado casi 88 mil causas por este camino. El tipo de juicio que más causas registra es el general, instancia a la que llegan temáticas relacionadas con despidos, accidentes del trabajo, enfermedades profesionales, desafueros, desahucios, indemnizaciones, fueros, imposiciones, pensiones y remuneraciones, entre otras, que superan los diez IMM. Entre 2010 y 2014 por este procedimiento han pasado 112 mil causas y la demora promedio es de 73 días hábiles.

«Los plazos han mejorado significativamente respecto de la justicia laboral antigua», señala Juan Pablo Mesías, de KPMG. Sin embargo, el jurista advierte que las cifras al ser promedios esconden la realidad de las ciudades más grandes.

Este análisis lo comparte Michel Laurie, de PwC, quien agrega que en las regiones Metropolitana y de Valparaíso las causas pueden llegar de demorar seis meses, por lo que ve necesario que se asignen más jueces en estas zonas del país (ver recuadro).

Ingresan proyecto que aumenta dotación en cuatro regiones del país
Pasó prácticamente inadvertido, pero el Gobierno el 30 de enero ingresó un proyecto de ley que aumenta la dotación de jueces en distintos tipos de tribunales del país. En materia laboral, asigna jueces de planta para Antofagasta (1), Valparaíso (2), Concepción (2) y Santiago (6).

El abogado Marcelo Albornoz, quien fue subsecretario de Justicia hasta fines de febrero y que participó en la elaboración de la iniciativa, destaca este proyecto. Sin embargo, advierte que de acuerdo con los análisis de las cargas de trabajo en un tiempo cercano nuevamente se deberá recurrir a jueces designados -que son los que hoy se asignan a los tribunales laborales por seis meses y que es posible renovar- en Valparaíso y Santiago, ya que la carga supera la cantidad objetiva de jueces.

«El proyecto es positivo, pero es un paliativo. Resulta central analizar la justicia laboral en su conjunto. No puede pasar que se incumplan los plazos y que se eche pie atrás en la celeridad lograda por esta justicia», señala.