René Olivares
En 2009, la pandemia de influenza A(H1N1) tuvo a Chile entre las naciones más afectadas.

Sin embargo, y pese a tener el dinero suficiente para la compra de vacunas, el país se enfrentó a que otras naciones tenían prioridad en el despacho de las dosis. Se trataba de países desarrollados, que ante la emergencia, dispusieron la compra de vacunas para todos sus habitantes, dejando a países como Chile sin posibilidades de acceder a ellas. A partir de la semana pasada, eso no debería volver a ocurrir, luego que el país adhiriera a un convenio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que le permitirá a Chile comprar medicamentos a productores distintos de quien posea la propiedad intelectual del fármaco ante una situación de emergencia. Con este resguardo, el Ministerio de Salud está lanzado en su intento de salir al mundo a comprar remedios para conseguir garantizar la presencia de estos en hospitales y consultorios. Es parte del objetivo de «facilitar el acceso a la población a medicamentos de calidad comprobada, en lugares accesibles y a un precio justo», que ha dicho en reiteradas ocasiones el Presidente Sebastián Piñera.

Emergencias

Para el jefe del Departamento de Políticas Farmacéuticas y Profesiones Médicas del Ministerio de Salud, Patricio Huenchuñir, «lo que se busca (con esta medida) es flexibilizar para que en casos de emergencia, o casos justificados, se pueda facilitar para la compra el tema de las patentes. Por ejemplo, si un país no me lo quiere vender, me lo puedo conseguir con un tercer proveedor».

Pero también hay otra medida en ciernes. El proyecto de Ley de Fármacos incluye dentro de sus medidas la posibilidad de que la Central de Abastecimiento del Ministerio de Salud (Cenabast) haga licitaciones internacionales, lo que actualmente tiene impedido, pues debe regirse exclusivamente por la legislación chilena en la materia.

De aprobarse finalmente la nueva norma, el organismo público podrá acceder a mercados que son grandes potencias farmacéuticas, como China, India y Europa y comprar directamente a los fabricantes, con el mismo objetivo que la medida anterior: lograr menores precios y más acceso para la gente.

Además, el país pretende aumentar las compras que ya realiza a través de la Organización Panamericana de la Salud. En dicha instancia, los miembros acuerdan ciertas fechas para la compra de la demanda agregada de todos los países.

En esta suerte de «Cenabast de las Américas», Chile compra terapias contra el VIH y vacunas para el programa nacional. Y a futuro, según Huenchuñir, se explorará la opción de seguir incorporando compras de medicamentos en otras áreas, de manera de poder conseguir también mejores precios al momento de comprar fármacos.

US$510
millones compró en medicamentos para toda América la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en 2010.

Dos
tipos de productos -vacunas y tratamientos contra el VIH- compra Chile a través de la OPS.

Una
votación debería efectuar la comisión de Salud del Senado esta semana sobre el proyecto de ley de Fármacos.

US$1.200
millones es el presupuesto para 2013 con el que contará el Estado para la compra de fármacos

Se acaban los avisos «al distinguido cuerpo médico»
Así como a partir de marzo se prohibió totalmente en Chile la publicidad del tabaco, una vez aprobada la Ley de Fármacos se prohibirá toda la publicidad de medicamentos, salvo de aquellos que no requieran receta.

Por lo tanto, se acabarán los clásicos anuncios dirigidos «al distinguido cuerpo médico», que eran una forma velada para los laboratorios de hacer publicidad masiva, y dejan en entredicho la labor de los visitadores médicos, cuya labor podría ser considerada un acto publicitario.

Esto porque la norma establece que «la publicidad y demás actividades destinadas a dar a conocer al consumidor un producto farmacéutico solo estarán permitidas respecto de medicamentos de venta directa».

Además, se establece que los medicamentos «deberán presentarse en envases que dificulten a los menores su ingesta no asistida y no podrán tener forma de dulces, golosinas, confites, figuras, juguetes o cualquier otra que promueva su consumo, según se determine en el respectivo reglamento».