Un plazo de 30 días tendrán los clientes de productos financieros para manifestar explícitamente su aprobación o rechazo a modificaciones en las condiciones de sus contratos con la banca y el retail.

Así lo informó ayer el ministro de Economía, Félix de Vicente, al anunciar el reglamento con el que el gobierno apunta a normar la obtención del consentimiento expreso de las personas para autorizar cambios en sus condiciones contractuales. La propuesta contempla que podrán ser utilizados medios remotos -dispositivos biométricos, firmas electrónicas, páginas web, correos electrónicos, mensajes de texto y cajeros automáticos, entre otros- para materializar dicho consentimiento.

La nueva norma -que será incluida como un quinto reglamento de la Ley del Sernac Financiero- establece que sólo serán medios tecnológicos y formas de comunicación a distancia válidos aquellos que permitan autentificar y verificar en forma previa la identidad del cliente.

Adicionalmente, señala que se deberá asegurar que las personas tengan un conocimiento claro e inequívoco de las condiciones generales del contrato y su modificación, incorporando mecanismos de respaldo del consentimiento, los que podrán ser consultados por los consumidores, quienes deberán recibir una copia íntegra del contrato o su modificación en un plazo de 30 días. En caso de que el cliente no acepte los cambios propuestos, y se trate de un contrato de carácter indefinido, cualquiera de las partes tendrá la facultad de poner término a éste, con aviso de 30 días de anticipación.

El titular de Economía sostuvo que “esto permitirá entregar certeza a las empresas que tengan contratos indefinidos, ya que si el consumidor no acepta la propuesta de modificación, será posible ponerle término”.

Si al momento del término anticipado existe una deuda pactada en cuotas, la empresa deberá mantener el mismo período pactado antes de la cancelación.

El Ministerio de Economía abrirá un período de consulta pública no vinculante -desde el 6 hasta el 26 de agosto- para que todos los interesados puedan entregar sus opiniones, tal como ocurrió con los cuatro reglamentos anteriores del Sernac Financiero.

Así, el gobierno espera tener vigentes estos cambios una vez que sean aprobados por Contraloría, a comienzos de septiembre. En ese momento se fijará un período de 30 días hábiles para que las empresas se adapten a las modificaciones.

Reacción con cautela

Conocida la propuesta, tanto en la banca como en el retail se mostraron cautos, indicando que se abocarán al análisis en detalle de las modificaciones.

El presidente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif), Jorge Awad, valoró “la disposición de la autoridad de dar una rápida solución a este tema y establecer reglas claras para el adecuado y normal funcionamiento de la banca”. Agregó que “iniciaremos el análisis detallado del reglamento y del me- canismo propuesto para la renovación de los contratos, para entregar nuestras observaciones en los próximos 15 días hábiles”, puntualizando que para la banca “es muy importante contar con mecanismos seguros y eficientes y resguardar los derechos de los consumidores”. Con todo, fuentes de la industria expresaron su inquietud sobre la manera en que podrán garantizar una respuesta de los clientes en un plazo de 30 días.

El secretario general de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), Cristián García-Huidobro, calificó como “una visión pragmática y moderna” la solución de integrar el mecanismo de medios tecnológicos y formas de comunicación a distancia para explicitar los contratos. Aseveró que en Chile existe “la tecnología para implementar estas aplicaciones y es de un acceso relativamente expedito”.

Por su parte, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Ricardo Mewes, añadió que con “la presentación del reglamento se terminará con la incertidumbre del mecanismo que se iba a utilizar y, en ese sentido, ese ya es un avance”. Añadió que “la amplitud de mecanismos que se pueden utilizar dará espacio para que las empresas decidan cuál es el que más les acomoda”.