Conoce las prestaciones del seguro de accidentes
del trabajo y enfermedades profesionales.

Si sufres un accidente de trabajo o
enfermedad profesional, estás protegido

¿Sabías que tienes un seguro gratuito para ti?

¿Qué es el seguro de la ley Nº 16.744?

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¿Qué es el seguro de la ley Nº 16.744?

Un seguro social que otorga prestaciones médicas y económicas a los trabajadores que sufren un accidente del trabajo o contraen una enfermedad profesional. Además, otorga prestaciones preventivas en los lugares de trabajo.

¿Cómo funciona?

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¿Cómo funciona?

Avisando sobre el accidente o enfermedad profesional en tu mutualidad (ACHS, IST y Mutual de Seguridad) o en el ISL. Si no sabes a cuál perteneces, pregúntale a tu empleador.

¿Quiénes son las personas protegidas?

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¿Quiénes son las personas protegidas?

• Todos los trabajadores dependientes.
• Los trabajadores independientes que perciben rentas del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta y restantes trabajadores independientes que coticen para dicho seguro.
• Los estudiantes que realicen trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el plantel.
• Los dirigentes sindicales en el ejercicio de sus actividades gremiales.

¿Desde cuándo tengo derecho a la cobertura del seguro?

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¿Desde cuándo tengo derecho a la cobertura del seguro?

• Usted está cubierto por el seguro a partir del primer día en que comienza a trabajar para un empleador, desde que inicia el trayecto entre su habitación y su lugar de trabajo, aun cuando no haya firmado el contrato de trabajo.
• Los trabajadores independientes, siempre que se encuentren al día en el pago de las cotizaciones.

¿Qué es un accidente del trabajo o una enfermedad profesional?

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¿Qué es un accidente del trabajo o una enfermedad profesional?

Accidente del trabajo:
Es toda lesión o daño que un trabajador sufra a causa o con ocasión del trabajo que realice, y que le produzcan incapacidad o muerte.

Enfermedad Profesional:
Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que usted desempeña y que le produzca incapacidad (física o psicológica) o la muerte.

¿Qué es un accidente de trayecto?

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¿Qué es un accidente de trayecto?

Son los accidentes que ocurren en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo.También son accidentes de trayecto los que usted sufre cuando se desplaza entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores.

¿Cuáles son las prestaciones del seguro?

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¿Cuáles son las prestaciones del seguro?

• Médicas: todas las necesarias para lograr la recuperación de salud.
• Económicas: subsidios, indemnización o pensión de invalidez.
• Preventivas: asistencia técnica en prevención, capacitación y vigilancia.

¿Dónde puedo reclamar y hacer consultas?

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¿Dónde puedo reclamar y hacer consultas?

• En la Superintendencia de Seguridad Social: www.suseso.cl.
• Tratándose de disconformidad en el porcentaje de asignación a su incapacidad, Ud. debe reclamar primero ante la Comisión Médica de Reclamos (COMERE).

¿Qué hacer en caso de un accidente de trabajo?

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¿Qué hacer en caso de un accidente de trabajo?

• Si usted se encuentra en condiciones aptas, debe avisarle inmediatamente a su supervisor o a quien corresponda. Su empleador le prestará la primera atención y luego lo derivará a la mutualidad a la que esté adherida la empresa donde usted trabaja.

• Si su accidente es grave (riesgo vital o secuela funcional invalidante), usted puede ser trasladado a cualquier centro de atención de salud del país. Su mutualidad se ocupará de las gestiones que correspondan para regularizar la situación.

¿Qué es el seguro de la ley Nº 16.744?

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¿Qué es el seguro de la ley Nº 16.744?

Un seguro social que otorga prestaciones médicas y económicas a los trabajadores que sufren un accidente del trabajo o contraen una enfermedad profesional. Además, otorga prestaciones preventivas en los lugares de trabajo.

¿Cómo funciona?

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¿Cómo funciona?

Avisando sobre el accidente o enfermedad profesional en tu mutualidad (ACHS, IST y Mutual de Seguridad) o en el ISL. Si no sabes a cuál perteneces, pregúntale a tu empleador.

¿Quiénes son las personas protegidas?

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¿Quiénes son las personas protegidas?

• Todos los trabajadores dependientes.
• Los trabajadores independientes que perciben rentas del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta y restantes trabajadores independientes que coticen para dicho seguro.
• Los estudiantes que realicen trabajos que signifiquen una fuente de ingreso para el plantel.
• Los dirigentes sindicales en el ejercicio de sus actividades gremiales.